PREÁMBULO
Las presentes condiciones generales del contrato (en adelante, “CGC”) establecen los términos bajo los cuales Elab Academy, sociedad de responsabilidad limitada con domicilio social en Madrid (en adelante, “Elab”), por encargo del Cliente y en beneficio del Solicitante (en adelante “El Solicitante”, presta servicios de apoyo educativo en virtud del contrato de prestación de servicios celebrado (en adelante, el “Contrato”), los cuales se describen detalladamente en el propio Contrato y en sus anexos.
El objetivo del Contrato es proporcionar al Solicitante asesoramiento educativo y servicios formativos destinados a la elección y posterior maximización de sus posibilidades de ser admitido en la universidad o escuela extranjera seleccionada. Como parte de los servicios prestados, Elab también proporcionará al Solicitante el apoyo administrativo necesario para cumplir con los requisitos previstos en la solicitud de admisión exigidos por la escuela o universidad extranjera correspondiente.
No obstante, Elab no puede garantizar el resultado de las solicitudes presentadas, ya que la decisión de emitir una oferta depende únicamente de la decisión individual de la institución educativa correspondiente, la cual es ajena al control de Elab.
En el caso de que el Cliente cumpla con los requisitos para ser considerado consumidor en el sentido del artículo 3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), también se aplicará al Contrato la Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), en adelante denominada «Ley de Derechos del Consumidor».
Artículo 1 – Definiciones
Los términos, junto con sus formas gramaticales derivadas, utilizados en los CGC, en el Contrato o en sus anexos, deben entenderse e interpretarse de la manera especificada en el presente apartado:
- Programa de diagnóstico: conjunto de servicios identificado con un nombre propio, que incluye, entre otros, consultas, asesoramiento, pruebas psicopedagógicas, así como otros servicios especificados en el anexo del Contrato, cuyo objetivo es evaluar las aptitudes del Solicitante en relación con su futura trayectoria educativa.
- Programa: conjunto de servicios identificado con un nombre propio, que incluye, entre otros, la preparación y presentación de solicitudes, consultas, asesoramiento, clases particulares, así como otros servicios especificados en el anexo del Contrato, cuyo objetivo es preparar al Solicitante para solicitar el ingreso a Centros educativos de acuerdo con sus requisitos actuales.
- Curso: curso individual o grupal identificado con un nombre propio, en formato de talleres o clases particulares, descrito detalladamente en el anexo del Contrato, cuyo objetivo es preparar al Solicitante para determinados exámenes o ampliar sus conocimientos en un tema específico.
- Centro educativo: entidad educativa que puede ser una escuela primaria, secundaria, de segundo, tercer o cuarto ciclo l educativo, dependiendo del Programa seleccionado, un instituto, un high school, una institución de educación superior o una universidad.
- Especialidad: área de estudio elegida por el Cliente o el Solicitante en el Centro educativo.
- Solicitante: persona designada en el Contrato por el Cliente, como la persona en cuyo beneficio se prestan los servicios objeto del Contrato.
- Consultor: persona designada por Elab, su empleado o subcontratista, responsable de la correcta ejecución de los servicios contemplados en el Contrato, que presta servicios al Solicitante personalmente o por vía telefónica o electrónica, mediante la prestación de consultas o asesoramiento.
- Tutor: persona designada por Elab, subcontratada por Elab en virtud de un contrato separado, que imparte clases particulares de idiomas, individualmente o en grupo, personalmente o por vía telefónica o electrónica, preparando al Solicitante especialmente para entrevistas y/o exámenes requeridos por el Centro educativo elegido.
- Sistemas de Solicitud: sistema informático centralizado, limitado a un territorio determinado, que permite llevar a cabo el proceso de solicitud, incluida la presentación de solicitudes, a uno o varios Centros educativos al mismo tiempo, y que cuenta con su propia normativa interna, como por ejemplo UCAS, Common App, entre otros.
- Solicitud: conjunto de documentos requeridos por un Centro educativo determinado para un Solicitante específico en una especialidad concreta, necesarios para realizar correctamente la solicitud de admisión. La presentación de solicitudes a varios Centros educativos al mismo tiempo mediante el uso de un Sistema de Solicitud se considera como la presentación de solicitudes a todos esos Centros educativos.
- Sistema de Apoyo: licencia de usuario proporcionada por Elab dentro de la remuneración acordada con el Cliente, otorgada al Cliente o al Solicitante, según corresponda, con el fin de permitirle utilizar determinados recursos de conocimiento o intercambiar información con el Consultor o con terceros indicados por este.
- Socio: personas físicas o jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, que actualmente o en el futuro actúan como subcontratistas de Elab o como entidades colaboradoras.
- Estos CGC se dividen en subtítulos. Siempre que en el contenido de los CGC se utilicen los nombres de los subtítulos con sus respectivas variantes gramaticales, se entenderá que hacen referencia al contenido completo de dichos subtítulos.
Artículo 2 – Condiciones para la ejecución del Contrato
- Durante la prestación de los servicios incluidos en el presente Contrato, el Solicitante tendrá derecho a consultas realizadas por el Consultor, las cuales no están limitadas en cuanto a tiempo, pero se llevarán a cabo únicamente durante el horario laboral del Consultor correspondiente, de lunes a viernes, excluyendo los días festivos, dentro del horario laboral especificado del Consultor. Como consecuencia, cualquier correspondencia recibida del Cliente o del Solicitante en sábado, domingo o festivos será respondida por el Consultor el siguiente día laborable.
- Elab, inmediatamente después de comenzar la ejecución del presente Encargo, enviará al correo electrónico del Cliente los datos personales del Consultor asignado, responsable de la correcta ejecución del Contrato en su totalidad, así como de brindar asesoramiento en el ámbito definido en el anexo del Contrato y de mantener contacto continuo con el Cliente y/o el Solicitante, indicando además su correo electrónico, número de teléfono profesional y horario laboral. En caso de que el Cliente o el Solicitante seleccione varios elementos distintos del Programa, podrán asignarse distintos Consultores.
- Elab informará sin demora al Cliente y al Solicitante sobre cualquier cambio del Consultor asignado, ya sea temporal o permanente, proporcionando al mismo tiempo los datos correspondientes mencionados en el apartado 1 sobre el nuevo Consultor.
- Los servicios incluidos en el Contrato, descritos detalladamente en el anexo del mismo, debido a su naturaleza, podrán ser prestados por Elab tanto en su sede, como en otra ubicación designada, por vía telefónica o electrónica a través de correo electrónico, mensajería instantánea u otras aplicaciones de comunicación. Además, dependiendo del Programa o Curso elegido por el Cliente, estos podrán consistir en preparación para solicitudes, talleres, clases particulares de idiomas, clases particulares en polaco o en inglés, o preparación para exámenes de acceso a la universidad.
- El Consultor establecerá horas adicionales de trabajo con el Tutor únicamente cuando lo considere necesario para la correcta ejecución del contrato.
- En caso de que el Tutor imparta clases particulares, el Consultor enviará al Solicitante su nombre o nombres, indicando al mismo tiempo la forma de contacto preferida, sin demora.
- El Consultor informará al Solicitante, en cada caso y sin demora, sobre cualquier cambio del Tutor asignado, tanto si es temporal como permanente, proporcionando al mismo tiempo los datos correspondientes del nuevo Tutor, equivalentes a los mencionados anteriormente.
- Las citas podrán ser canceladas o reprogramadas por el Solicitante únicamente con al menos 48 horas de antelación; de lo contrario, se considerará que la cita tuvo lugar.
- En caso de que el alcance del Contrato, especificado en el anexo, incluya un Curso, incluidos talleres o clases grupales particulares:
- Las clases del Curso podrán llevarse a cabo:
- Presencialmente, en la sede de Elab o en otro lugar designado por Elab, del cual el Solicitante será informado por correo electrónico en una fecha posterior, pero no más tarde de 7 días antes de la primera clase del Curso, o
- De forma remota, a través de Internet, mediante Skype u otra plataforma elegida por Elab, de lo cual el Solicitante será informado por correo electrónico no más tarde de 7 días antes de la primera clase del Curso.
- El Consultor enviará al Solicitante el horario de las clases, incluyendo las fechas y los temas, el modo de impartición (presencial/remoto) y, en el caso de las clases presenciales, su lugar, por correo electrónico a la dirección del Solicitante, 14 días antes del inicio del Curso.
- El Consultor informará inmediatamente al Solicitante si, por causas ajenas a Elab, el horario debe modificarse, enviando al mismo tiempo un nuevo horario con los datos actualizados.
- Elab se reserva el derecho de cambiar la modalidad de las clases de presencial a remoto (a través de Internet) en caso de fuerza mayor o si se emite una decisión administrativa que impida la realización del Curso de forma presencial. En caso de ejercer este derecho, Elab se compromete a informar al Cliente sin demora.
- El Solicitante no tiene derecho a cancelar clases en el marco del Curso grupal, y su ausencia no exime al Cliente del pago correspondiente a dichas clases. Su ausencia se contabiliza como tiempo efectivo de aprendizaje.
- Las clases del Curso podrán llevarse a cabo:
Artículo 3 – Derecho de desistimiento (aplicable únicamente a contratos celebrados a distancia por consumidores)
- En la situación en que las Partes hayan celebrado el presente Contrato a distancia, siempre que el Cliente cumpla los requisitos para ser consumidor de acuerdo con la normativa española, se aplican las reglas establecidas en este apartado.
- El Cliente puede, en el plazo de 14 días desde la fecha de celebración del presente Contrato, desistir del mismo sin necesidad de dar ninguna razón, presentando a Elab una declaración escrita de desistimiento del Contrato utilizando el siguiente modelo:
“Declaro que, conforme al artículo 102 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, desisto del contrato de prestación de servicios suscrito en fecha…………”. - El desistimiento debe incluir además los datos de dirección del Cliente y de Elab, así como estar fechado y firmado por el Cliente.
- En caso de que el Cliente no utilice el modelo anterior, la declaración escrita de desistimiento será válida únicamente si contiene todos los datos indicados y si de ella se desprende de manera inequívoca la voluntad del Cliente de desistir del Contrato.
- Dicha declaración puede presentarse antes del vencimiento del plazo indicado anteriormente en la sede de Elab o mediante carta certificada enviada a la dirección postal indicada en el Contrato o al correo electrónico info@elab.edu.pl
- En caso de que el Cliente ejerza el derecho de desistimiento, Elab reembolsará al Cliente el importe abonado, descontando la parte proporcional correspondiente a los servicios efectivamente prestados hasta el momento del desistimiento, sin demora, y en todo caso no más tarde de 14 días desde que Elab haya sido informado de forma efectiva de la decisión de desistir.
- La devolución se realizará utilizando los mismos medios de pago que usó el Cliente en la transacción original, salvo que el Cliente acepte expresamente otro método. En todo caso, el Cliente no incurrirá en costes por dicha devolución.
- Si el Cliente solicita expresamente que Elab comience a ejecutar el Contrato antes del vencimiento del plazo para desistir, el Cliente estará obligado a pagar por la parte del Contrato que Elab haya ejecutado hasta el desistimiento.
- En este caso, la cantidad adeudada a Elab se calculará proporcionalmente al alcance del servicio prestado, teniendo en cuenta la remuneración acordada.
- Si el Cliente no solicita expresamente que Elab comience a ejecutar el Contrato antes del vencimiento del plazo para desistir, Elab se reserva el derecho de abstenerse de ejecutar el Contrato hasta el vencimiento del plazo que permite al Cliente desistir conforme a las reglas mencionadas.
- En caso de que el Cliente presente la declaración de desistimiento de forma efectiva y Elab no haya comenzado la ejecución del Contrato, Elab se compromete a devolver en el plazo de 7 días la totalidad de la remuneración abonada por el Cliente hasta la fecha del desistimiento, o si Elab ha comenzado la ejecución del Contrato, se compromete a devolver, en el plazo de 7 días desde el desistimiento, la parte de la remuneración que exceda los servicios ya prestados.
Artículo 4 – Derechos de autor
- Los Derechos de Autor cubren todos los contenidos entregados al Cliente y/o al Aspirante en cualquier forma por Elab en ejecución del Contrato, a los que se pueda asignar la naturaleza de obra en el sentido del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, y constituyen propiedad intelectual de Elab, incluyendo en particular, pero no limitándose a:
- análisis, elaboraciones, listas de lecturas, modelos de documentos, instrucciones para la construcción de documentos tales como declaraciones personales, referencias, ensayos de aplicación,
- contenidos de consejos e instrucciones transmitidos en cualquier forma por Elab,
- materiales didácticos preparados por las personas que imparten las clases dentro del Programa, informes de especialidades, formularios diagnósticos, formularios de pruebas psicológicas,
- cursos e instrucciones en formato VOD,
- todas las instrucciones de aplicación a universidades, facultades o liceos extranjeros,
- y todos los demás contenidos creados por Elab y entregados al Cliente y/o Aspirante en el marco del Contrato.
- El uso de las obras mencionadas arriba por parte del Cliente y/o Aspirante solo podrá realizarse en el marco de la ejecución del presente Contrato y no podrá ser reproducido ni cedido para su uso a terceros, excepto en los casos en que Elab otorgue su consentimiento expreso y por escrito.
- Todos los contenidos entregados a Elab por el Cliente y/o Aspirante, incluyendo documentos, elaboraciones, trabajos, etc., no pasan a ser propiedad de Elab y solo podrán ser utilizados para la correcta ejecución del presente Contrato.
Artículo 5 – Fuerza mayor
- Ninguna de las Partes será responsable por cualquier retraso o incumplimiento inadecuado del Contrato causado por un evento resultado de circunstancias fuera del control de las Partes, es decir, eventos de Fuerza Mayor.
- La ocurrencia del evento de Fuerza Mayor y su impacto en la ejecución del Contrato deberá ser notificado en cada caso a la otra Parte por la Parte que invoque la Fuerza Mayor.
- Se considerarán Fuerza Mayor los siguientes eventos externos, imprevisibles en el momento de la celebración del Contrato, sobre los cuales ninguna de las Partes tendrá influencia, y a los cuales la Parte afectada, actuando con la debida diligencia, no pudo prever ni evitar: epidemias, actos de guerra, actos terroristas, disturbios, desastres naturales, decisiones de autoridades estatales o cualquier otro evento fortuito que cause infección, contaminación o envenenamiento químico o radiactivo de personas, bienes inmuebles o muebles. Si este período dura más de tres meses, ambas Partes acordarán nuevas condiciones de cooperación. Las Partes confirman que también consideran Fuerza Mayor la imposibilidad temporal de prestar los servicios cubiertos por el Contrato debido a decisiones, órdenes o resoluciones de autoridades centrales que excluyan temporalmente la posibilidad de ejecución del Contrato.
- La Parte que no pueda cumplir con sus obligaciones debido a un evento de Fuerza Mayor estará obligada, bajo pena de perder el derecho a invocar la Fuerza Mayor, a:
- Notificar inmediatamente a la otra Parte sobre este hecho, no más tarde de 24 (veinticuatro) horas desde la ocurrencia del evento;
- Presentar pruebas confiables sobre dicho evento en un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas desde la ocurrencia del mismo.
- Cuando el efecto de la Fuerza Mayor cese, la otra Parte deberá ser informada de ello inmediatamente, y en ningún caso más tarde de 24 (veinticuatro) horas desde la finalización del evento de Fuerza Mayor.
- La falta de notificación sobre la finalización del evento de Fuerza Mayor se aplicará con las mismas consecuencias que la falta de notificación de su ocurrencia. El incumplimiento de este requisito causará la pérdida del derecho a invocar el evento de Fuerza Mayor.
- En caso de que una Parte invoque con éxito la ocurrencia de Fuerza Mayor, adquirirá el derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del Contrato por un período de un mes, pero no superior a la duración del evento de Fuerza Mayor invocado por dicha Parte.
- En caso de una justificada invocación de Fuerza Mayor y la imposibilidad de continuar con la ejecución del Contrato debido a la ocurrencia del evento de Fuerza Mayor, las Partes procederán a renegociar el Contrato, especialmente en lo referente a su resolución y liquidación.
Artículo 6 – Confidencialidad del contrato
- Salvo las excepciones enumeradas expresamente en este subtítulo, tanto el hecho de que el Cliente haya celebrado un Contrato con Elab, sus disposiciones y los acuerdos alcanzados entre las Partes, incluyendo también el período de negociaciones previas a la celebración del Contrato, están sujetos a confidencialidad.
- El Cliente podrá, en fecha posterior, mediante un mensaje electrónico enviado desde la dirección del Cliente indicada en el encabezado del Contrato a la dirección de Elab o a la dirección del Consultor designado, indicar las personas a quienes Elab estará autorizado a proporcionar información cubierta por la Confidencialidad del Contrato.
- La obligación de Elab de mantener la confidencialidad del Contrato cesará cuando la información cubierta por dicha confidencialidad:
- sea o se vuelva de conocimiento público sin culpa de Elab, por ejemplo, a través de publicación en prensa, radio, televisión u otro medio público,
- o cuando la divulgación sea exigida, cumpliendo con los procedimientos y requisitos legales correspondientes, por un órgano estatal competente.
Artículo 7 – Reclamación
- La reclamación presentada por el Cliente en relación con el incumplimiento o el incumplimiento defectuoso de una parte o la totalidad del Contrato:
- si se presenta por correo electrónico enviado a la dirección info@elab.edu.pl exclusivamente desde la dirección del Cliente indicada en el encabezado del Contrato, deberá contener el objeto de la reclamación, incluyendo las circunstancias que justifiquen la posible reclamación,
- si se presenta en formato de correo tradicional enviado a la sede de Elab, deberá contener nombre y apellidos, datos de contacto, el objeto de la reclamación con las circunstancias justificativas, así como la firma de la persona que presenta la reclamación y la fecha de presentación.
- Elab está obligado a responder a la reclamación del Cliente en un plazo de hasta 30 días desde la fecha de recepción correcta de la misma.
- La respuesta a la reclamación será enviada por Elab al Cliente por correo electrónico o correo tradicional a la dirección del Cliente indicada en el encabezado o a otra dirección indicada en el escrito de reclamación, a lo que el Cliente da su consentimiento por el presente.
- Elab, cumpliendo con su obligación informativa, informa al Cliente que es consumidor sobre la posibilidad de utilizar métodos extrajudiciales para la resolución de reclamaciones y el ejercicio de reclamaciones. En particular, el Cliente tiene derecho a obtener asistencia gratuita para resolver disputas entre el Cliente y Elab, utilizando también la ayuda gratuita del defensor del consumidor de distrito (o municipal) o de una organización social cuya función estatutaria sea la protección de los consumidores.
- La información detallada sobre las posibilidades de uso por parte del Cliente de métodos extrajudiciales para la resolución de reclamaciones y el ejercicio de reclamaciones, así como las reglas de acceso a dichos procedimientos, están disponibles en los sitios web y en las oficinas de los mencionados órganos y organizaciones.
Artículo 8 – Firma electrónica
- En caso de que las Partes hayan permitido en la fase de negociación la posibilidad de celebrar este Contrato en forma electrónica mediante una firma manuscrita realizada en un dispositivo digital, se aplicarán las normas establecidas en este subtítulo.
- Para la celebración electrónica del Contrato, la aplicación de la firma manuscrita y la firma en un dispositivo digital, Elab facilitará al Cliente un acceso único a una aplicación de firma electrónica que cumple con los requisitos de “firma electrónica avanzada” según el Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre identificación electrónica y servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, que deroga la Directiva 1999/93/CE, y que permite lo anterior.
- En el día de la redacción del Contrato, Elab enviará al correo electrónico indicado por el Cliente el Contrato junto con la solicitud para firmarlo.
- Dichos documentos constituirán una oferta vinculante y expresarán la voluntad de Elab de celebrar el Contrato con el Cliente.
- La no recepción por parte de Elab del Contrato firmado dentro de los 14 días desde su envío al correo indicado por el Cliente se considerará como rechazo de la oferta y ausencia de voluntad del Cliente de celebrar el Contrato.
- A petición expresa del Cliente, manifestada en cualquier forma, este plazo podrá ser prorrogado por otros 14 días.
- El Contrato celebrado en la forma mencionada en este subtítulo será vinculante, y su reflejo digital recibido en la dirección correcta de las Partes constituirá prueba de su celebración.
- Este subtítulo no afecta el derecho a desistir del Contrato celebrado a distancia, siempre que el Contrato en esta forma no haya sido celebrado en la sede de Elab.
Artículo 9 – Disposiciones finales
Para estas Condiciones Generales de la Prestación de Servicios (OWU) y el Contrato, son aplicables las disposiciones legales correspondientes, y en particular:
- El Código Civil español aprobado por el Real Decreto de 24 de julio de 1889, con sus modificaciones posteriores,
- El Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007)
- El Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre identificación electrónica y servicios de confianza para transacciones electrónicas en el mercado interior, que deroga la Directiva 1999/93/CE,
- El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y que deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos – RGPD),
- Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual